Corte acepta tutela de Vicky Dávila y tumba condena civil en su contra

El alto tribunal tumbó un fallo del Tribunal Superior de Bogotá en contra de la periodista y la FM.

 

Vicky Dávila actualmente es la directora de Semana.

Foto:

Cortesía Giorgio Del Vecchio

 

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia tumbó una condena del Tribunal Superior de Bogotá que había obligado a la periodista Vicky Dávila y a la FM de RCN a indemnizar al coronel Jorge Hilario Estupiñán Carvajal.

 

El proceso comenzó porque cuando Dávila era directora de la emisora FM, de propiedad de RCN, accedió a través de fuentes periodísticas a una grabación en la que se registraban presuntos actos de corrupción que involucraban al entonces coronel de la Policía Estupiñán Carvajal. 

Ese audio fue emitido por la FM el 6 de mayo del 2014 y luego el 14 de ese mismo mes, Dávila entrevistó al entonces inspector de la Policía Nacional, general Yesid Vásquez Prada, para establecer en qué iban las investigaciones contra Estupiñán, quien luego fue llamado a calificar servicios.

Por esa información, el coronel Estupiñán adelantó un proceso civil contra Dávila y la FM que terminó con la decisión del Tribunal Superior de Bogotá, del 15 de octubre del año pasado, que los condenó al pago de perjuicios, afirmando que en el programa radial se “presionó, increpó, exhortó a la entidad investigadora del aquí demandante (el coronel Estupiñán), no solo para que lo apartara del cargo inmediatamente, sino que además prejuzgó su conducta tildándolo de corrupto”.

Para el Tribunal de Bogotá, Dávila había ido más allá de su labor propiamente informativa, considerando que la labor de los periodistas es informar, pero no convertirse en un “báculo para el ejercicio de la presión infundada a cualquier ente judicial y administrativo”, pues señaló que la función de condenar, absolver o sancionar únicamente les corresponde a los jueces.



Contra esa decisión, tando Dávila como RCN presentaron una tutela que fue acumulada y en la que la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia acaba de darles la razón en que se vulneraron sus derechos al debido proceso y a la libertad de expresión.

Incluso, la Corte señaló que el Tribunal hizo afirmaciones que pueden afectar no solo el derecho a la libre expresión, sino también desestimular el ejercicio periodístico. Según la Corte, la labor de los periodistas no se limita a reproducir noticias, como lo dijo el tribunal, sino que en cualquier momento pueden exponer apreciaciones sobre un tema.

“No resulta admisible calificar la conducta de un periodista a partir de la forma en la que expresó su opinión, por muy vehemente, incisiva o mordaz que haya sido”, dijo la Corte.

lNo resulta admisible calificar la conducta de un periodista a partir de la forma en la que expresó su opinión, por muy vehemente, incisiva o mordaz que haya sido

Además, la Corte señaló que no es cierto que para poder hacer una denuncia sobre posibles hechos de corrupción los periodistas tengan que esperar  a que haya una sentencia. 

Así las cosas, para la Corte el Tribunal Superior de Bogotá no hizo una verdadera ponderación entre los derechos a la libertad de expresión y opinión y los derechos del coronel Estupiñán. Tampoco tuvo en cuenta los parámetros del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte Suprema y la Corte Constitucional a la hora de proferir su decisión.



Es por esto que aceptó la tutela de Dávila, dejó sin efectos el fallo que la obligaba a ella y a RCN a indemnizar al coronel, y le ordenó al Tribunal Superior de Bogotá que en 20 días vuelva a tomar una decisión sobre la demanda civil, pero siguiendo sus lineamientos. REDACCIÓN JUSTICIA .Tomado de ElTiempo