Colegios no podrán expulsar alumnos que lleguen borrachos
Esta es una excelente noticia para aquellos jóvenes que quieran tomarse dos cervezas al almuerzo, fumar marihuana en los recreos o aspirar una línea de coca entre clases. La Corte restringió la norma para que no transgreda los Derechos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad de los alumnos. En la práctica, esto significa que los colegios no podrán tomar medidas disciplinarias hasta que el alumno borracho o drogado cometa algún delito como apuñalar a otro, abusarlo sexualmente o robarlo, porque lo principal es proteger y respetar los Derechos Fundamentales de los jóvenes a quienes les gusta consumir estas sustancias.
En efecto, la polémica sentencia de la Corte Constitucional establece que los colegios y universidades no pueden aplicar los artículos 9 y 10 del Decreto 1108 de 1994, es decir, prohibir el porte y consumo de estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mientras no se demuestre que esto afecta su rendimiento académico o que la vida de sus compañeros está en riesgo.
Gracias a Dios, la Corte todavía no ha fallado esta sentencia, pero no estamos lejos. La posición de los magistrados en la sentencia C-636 del 2016, además de insensata, es totalmente contradictoria. Si el empleador no puede despedir a un empleado bajo el efecto de sustancias psicoactivas mientras esto no afecte sus funciones en el trabajo porque se busca proteger los derechos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad, ¿en dónde queda la intimidad y el libre desarrollo de la personalidad del empleador de trabajar con quien se le da la gana o de tener un ambiente sobrio en su empresa?
Si el empleado se quiere emborrachar, que vaya y lo haga.
Pero el empleador también está en todo su derecho
de no querer trabajar con borrachos
Si el empleado se quiere emborrachar, que vaya y lo haga. Nadie lo puede detener, está en todo su derecho de hacerlo. Pero el empleador también está en todo su derecho de no querer trabajar con borrachos, ¿o por qué este sí está forzado a ir en contra del libre desarrollo de su personalidad?
Algunos “expertos” argumentan que hay trabajos y sectores en los cuales socialmente se puede y se acostumbra ingerir alcohol. Perfecto, que lo hagan en esas empresas, pero eso no quiere decir que se debe permitir en todos los lugares. Si soy diseñador gráfico y me gusta tomar alcohol para ser “más creativo”…muy bien, trabaje en una agencia de publicidad donde eso se permita, ¿pero por qué se obliga al dueño de otra empresa de mercadeo a trabajar con diseñadores dependientes del alcohol si el empresario quiere otro ambiente en SU empresa?
La filosofía de los magistrados es que “todo lo que ocurra en la esfera íntima es problema del individuo y no de la empresa”. De acuerdo, el empleador no puede impedirle al empleado fumarse un cacho de marihuana al almuerzo. Pero, al mismo tiempo, el empleado no puede exigirle al empleador qué tipo de ambiente debe tener en la empresa o con quién debe trabajar. Si el empleado quiere trabajar en esa empresa, pues debe seguir las reglas, o si la empresa quiere tener a cierto trabajador, pues debe aceptarle sus hábitos, pero se equivocó la Corte Constitucional al hacer que el libre desarrollo de la personalidad de una persona sea superior o más importante que el de otra.
¿Por qué es el empleador quien debe demostrar que el desempeño de un empleado no se afecta por el consumo, en vez de que la carga de la prueba esté en el empleado? Finalmente quien quiere consumir es el empleado. Cuando yo empecé a manejar, era yo quién tenía que demostrarles a mis papás por qué me debían prestar el carro, no al contrario. Pero sentencias incoherentes como esta ayudan a explicar por qué hoy en día quienes mandan en la casa son los hijos y no los padres.
Es absurdo que los padres, quienes deben dar ejemplo,
puedan consumir alcohol y sustancias psicoactivas en el trabajo,
mientras sus hijos no lo puedan hacer en el colegio
Es absurdo que los padres, quienes deben dar ejemplo, puedan consumir alcohol y sustancias psicoactivas en el trabajo, mientras sus hijos no lo puedan hacer en el colegio. Cuando un padre incumple, los hijos pueden incumplir. Si los dirigentes violan las normas, ¿por qué deben seguirlas los ciudadanos? En Colombia hacen falta más padres y más dirigentes que de ejemplo. Punto.
Casos desde Rafael Uribe Noguera hasta Odebrecht serán el pan de cada día si como sociedad somos incapaces de ponernos límites por la torpe disculpa del libre desarrollo de la personalidad. A este ritmo, en pocos años la Corte dejará en libertad a los Nule y a los Moreno porque ellos quieren ser ladrones y pobrecitos hay que dejarlos que desarrollen libremente su personalidad…