Mujer reclamante de tierras recuperó sus terrenos en El Copey, Cesar

Familia víctima de la violencia recuperó su predio después de permanecer varios años como desplazada.

Diecinueve años después de perder sus tierras en la zona rural del municipio de El Copey, por cuenta de la presión que hicieron los paramilitares al mando de Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40, la mujer que reclamaba los terrenos recuperó sus derechos sobre diez hectáreas.

La dueña de la parcela ubicada en la vereda Caracolicito, fue notificada por la Unidad de Restitución de Tierras (URT), entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para que junto con su núcleo familiar hicieran goce efectivo de los terrenos que recibirán junto a un proyecto productivo.

El Calvario de Doris* comenzó en el año 1998, después de verse obligada a vender su predio por causa de los hechos delictivos (masacres, asesinatos y desplazamientos) cometidos por el grupo armado ilegal que operaba en la zona. “Nuestro desplazamiento se dio porque los paramilitares que operaban en la zona llegaron una madrugada cualquiera y dijeron que las personas que no estábamos dispuestos a colaborarles se tenían que ir de la región, razón por la cual decidimos marcharnos”, precisó en medio de sollozos Doris*.

Asimismo, la dueña del terreno indicó que vivió adversidades que le ocasionaron trasladarse hasta el vecino país de Venezuela, donde se refugió en busca de nuevas oportunidades. “Mi familia se dispersó en ese lapso de tiempo, pero hoy gracias a Dios y a la Unidad podemos estar juntos en las tierras que dejamos abandonadas por causa de la violencia”, señaló.

El proceso con la Unidad de Restitución de Tierras dejó en evidencia, a través de la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Cartagena, que la familia restituida debe ser incluida dentro de los programas de subsidio integral para la adecuación de tierras, asistencia técnica agrícola, e inclusión en programas productivos para el predio restituido.

El fallo que le restituye el predio a su dueña también indica que se reconoce al habitante del predio, la condición de segundo ocupante, y se ordena su atención.

*Nombre cambiado.