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La Unidad para las Víctimas presentó la guía de rutas para familiares de desaparecidos

En el parque Lourdes de Bogotá, se cumplió el acto conmemorativo del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas. Durante más de seis horas, diversas organizaciones de familiares de este tipo de víctimas expresaron su dolor y su esperanza en medio de intervenciones artísticas.

Durante el evento público y masivo, la Unidad para las Víctimas presentó el documento “Rutas para familiares víctimas de desaparición forzada en el contexto y en razón del conflicto armado en Colombia”, en el cual están explicadas seis rutas que requieren abordar los familiares cuando consideren desaparecido a su ser querido.

La Unidad, junto con la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), que apoyaron la elaboración del documento, confían en que sirva de apoyo a los familiares de víctimas de desaparición forzada, para restablecer sus derechos, buscar a sus seres queridos y aliviar un poco la incertidumbre que viven día a día.

En el parque Lourdes, en el nororiente de la ciudad, hubo galerías fotográficas e intervenciones artísticas y culturales de las seis organizaciones de familiares que participaron: Mafapo, Funvides, Movice, Palacio, Mesa Distrital, Familiares Colombia; además, una ceremonia de luz, la intervención musical del grupo Batuta y, al cierre, un conmovedor pronunciamiento de los familiares de desaparecidos a través de una canción titulada “Todavía cantamos”.

La publicación presentada a las víctimas, les aclara que tienen los mismos derechos que todos los colombianos, pero adicionalmente, otros derechos por tener un familiar desaparecido a causa del conflicto, como la búsqueda y hallazgo del ser querido y la reparación integral que el Estado debe brindar por los daños sufridos. También, el derecho a la verdad, a la justicia, a la reparación integral, a la búsqueda del ser querido desaparecido, a reencontrarse con el ser querido, a recibir el cadáver en caso de ser encontrado sin vida, y a sepultarlo dignamente.

El texto contiene información novedosa y que aclara dudas como la diferencia entre desaparición forzada y secuestro, aunque ambos afectan la libertad de la persona. Una persona es considerada desaparecida cuando: “hemos perdido contacto con nuestro familiar, desconocemos su paradero, no tenemos información certera sobre lo que ha sucedido con él o ella, no hemos recibido exigencias para pagar por un rescate o ya hemos dejado de recibirlas y aún no tenemos contacto con nuestro familiar”, aclara el documento.

También hace énfasis en que no es necesario esperar 24 ni 72 horas para hacer la solicitud de activación del Mecanismo de Búsqueda Urgente. “En cuanto sospechemos que nuestro familiar desapareció, exijamos su activación, los funcionarios públicos están en la obligación de iniciar la búsqueda inmediatamente. Si no es así, el funcionario puede ser denunciado ante la Procuraduría General de la Nación”, indica la ruta.

De manera similar, la publicación explica en qué consiste la búsqueda de manera humanitaria y extrajudicial, un nuevo mecanismo voluntario incluido en Acuerdo Final de Paz entre el Estado y la antigua guerrilla de las Farc y que aplica la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas (UBPD), que hace poco empezó a funcionar.

El documento abarca seis necesidades que suelen presentar las familias de víctimas de desaparición forzada, y explica las rutas que pueden seguir. La primera se refiere a la búsqueda del ser querido desaparecido, su ubicación, exhumación, identificación, y la entrega digna del cadáver; la segunda, a la investigación judicial para conocer los hechos ocurridos y sus responsables.

La tercera ruta tiene que ver con los procesos que deben realizar para acceder a las medidas de asistencia y reparación integral; la cuarta informa sobre los trámites para proteger los bienes de la persona desaparecida y dar continuidad a los derechos laborales, y presenta las exenciones tributarias a las que tienen derecho los familiares.

La quinta ruta contiene lo referente a las medidas de rehabilitación, con el objetivo de que las personas conozcan la oferta estatal para recibir atención psicosocial y atención médica a nivel físico y mental; y la sexta, busca ampliar la red de apoyo y orientación con la que pueden contar las familias, de forma que siempre tengan alguien a quien acudir, ya sea una institución del Estado, un organismo internacional o una organización de la sociedad civil.

En todos estos procesos intervienen instituciones claves como las siguientes: la Fiscalía, el Instituto de Medicina Legal, la Defensoría del Pueblo, la Comisión de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, la Personería municipal, Procuraduría, Unidad para las Víctimas, Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a las Víctimas (PAPSIVI), desarrollado a través de las Secretarias de Salud y liderado por el Ministerio de Salud y Protección Social, el Centro Nacional de Memoria Histórica, la Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas y el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR).

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