Corpocesar emite protocolo de intervención para los árboles en riesgo
Con el fin de apoyar a las entidades territoriales en la labor de gestión del riesgo para el desarrollo de los estudios necesarios para el conocimiento, reducción del riesgo y su integración a los planes de ordenamiento de cuencas, gestión ambiental, ordenamiento territorial y de desarrollo, la Corporación Autónoma Regional del Cesar (Corpocesar) notificó a las Alcaldías y a los Consejo Municipales para la Gestión del Riesgo de Desastres del departamento del Cesar, los pasos a seguir para la poda y tala de árboles ante un posible riesgo inminente.
Con este aviso, Corpocesar, como miembro del Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres (CMGRD) busca minimizar posibles daños a la integridad física de los habitantes de los diferentes municipios del Cesar, de tal manera cuando se presenten árboles en circunstancia de alto riesgo, exponiendo la vida humana, e infraestructura física y otras, se debe aplicar el protocolo de intervención de árboles en riesgos.
El Director de Corpocesar, Julio Suárez Luna, explicó que para garantizar la sostenibilidad de la flora en el departamento, es necesario ponerle fin a la tala indiscriminada “se conmina a los entes territoriales y a la ciudadanía en general a que hagan un buen uso de las formaciones arbóreas”.
La circular explica los procedimientos para la intervención de árboles:
Para el requerimiento (público y privado) se debe presentar la solicitud a la oficina de gestión del riesgo de su respectiva jurisdicción obteniendo como soporte la identificación y caracterización.
La inspección técnica permitirá realizar el informe, a través de un técnico o ingeniero ambiental el cual se presenta ante el respectivo Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres (CMGRD) con un informe preliminar como resultado de la evaluación.
Convocar al CMGRD para la aprobación del acta diligenciada, previo concepto favorable, aprobado y firmado por sus integrantes.
Para el proceso de intervención: el Coordinador de Gestión del Riesgo debe hacer el diligenciamiento para realizar la poda o tala del árbol que dé lugar al informe técnico aprobado.
Y, por último, debe ser consignado el informe de la autoridad competente donde envía evidencia y soporte fotográficos a la oficina de la coordinación de recursos naturales de Corpocesar, bajo los principios de concurrencia Ley 1523 del año 2012.
El Director de Corpocesar, manifestó que el papel de la Corporación Autónoma Regional del Cesar es complementario respecto a la labor de las alcaldías y está enfocado al apoyo de las labores de gestión del riesgo que corresponden a la sostenibilidad ambiental del territorio, por tanto, no eximen a los alcaldes y gobernadores de su responsabilidad primaria en la implementación de los procesos de gestión del riesgo de desastres.
El numeral 9° del artículo 1° de la ley 99 del año 1993, expresa que “La prevención de desastres será materia de interés colectivo y las medidas tomadas para evitar o mitigar los efectos de su ocurrencia serán de obligatorio cumplimiento”, lineamiento que forma parte de la competencia de la Corporación Autónoma Regional del Cesar (Corpocesar) para la proteción y resguardo de los ecosistemas en el departamento del Cesar.