En Colombia, vivir en propiedad horizontal implica cumplir estrictas normas de convivencia. Según la Ley 675 de 2001, está prohibido modificar las fachadas de los edificios o casas, lo que incluye colocar materas o plantas en pasillos, escaleras, zonas verdes, ascensores o cualquier espacio común. Esta práctica, aunque común, puede ser sancionada porque representa un riesgo en caso de emergencia.
La norma también prohíbe dejar bicicletas, muebles u objetos personales en pasillos y escaleras, fumar en áreas no permitidas, y transitar por zonas comunes en patinetas, bicicletas o motocicletas. Además, se restringe el uso de los parqueaderos para jugar, hacer reuniones, guardar materiales o lavar vehículos, actividades que podrían generar accidentes o daños.
Las sanciones económicas por incumplir estas normas son definidas por cada conjunto, y en muchos casos, representan altas sumas de dinero. Las restricciones buscan garantizar la seguridad, el orden y el bienestar colectivo de todos los residentes.
